(Ley de Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad Art. 2)
La persona con discapacidad tiene derecho:
A ser protegido contra la discriminación, explotación, trato denigrante o abusivo en razón de su discapacidad.
A recibir educación con metodología adecuada que facilite su aprendizaje.
A facilidades arquitectónicas de movilidad vial y acceso a los establecimientos públicos y privados con afluencia de publico.
A su formación, rehabilitación laboral y profesional.
A obtener empleo y ejercer una ocupación remunerada y a no ser despedido en razón de su discapacidad.
A ser atendida por personal idóneo en su rehabilitación integral.
A tener acceso a sistemas de becas.
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